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«La Doctrina Betancourt…»: análisis y textos fundamentales #4Nov

Rómulo Betancourt durante su discurso de toma de posesión (1959)

 

Rómulo Betancourt durante su discurso de toma de posesión (1959)

Rómulo Betancourt Bello formuló el 13 de febrero de 1959 una Declaración en ocasión de la toma de posesión a su segundo período presidencial, que ha plasmado como texto de Derecho Internacional con el nombre de «Doctrina Betacourt». Fue motivada por una decisión del Presidente venezolano de romper relaciones con los gobiernos que llegasen al poder por vías no democráticas.

Los antecedentes de Betancourt eran altamente prestigiosos en la política de su país, fundador de varias importantes organizaciones políticas, en particular del Partido Acción Democrática, que lo llevó a su segunda Presidencia en las elecciones del 7 de diciembre de 1958.

El texto fundamental de esta Doctrina es breve y preciso, y fue recogido de su discurso de toma de posisión como sigue:

“Solicitaremos cooperación de otros gobiernos democráticos de América para pedir, unidos, que la OEA excluya de su seno a los gobiernos dictatoriales porque no sólo afrentan la dignidad de América, sino también porque el Artículo 1 de la Carta de Bogotá, Acta constitutiva de la OEA establece que sólo pueden formar parte de este organismo los gobiernos de origen respetable nacidos de la expresión popular, a través de la única fuente legítima de poder que son las elecciones libremente realizadas. Regímenes que no respeten los derechos humanos, que conculquen las libertades de sus ciudadanos y los tiranice con respaldo de las políticas totalitarias, deben ser sometidos a riguroso cordón sanitario y erradicados mediante la acción pacífica colectiva de la comunidad jurídica internacional.”

Su gestión presidencial demostró que Rómulo Betancourt tenía una posición más conciliadora que esta escueta Declaración, porque aunque postula que los gobiernos que lleguen al poder mediante la fuerza o el irrespeto de la voluntad popular no debían ser reconocidos, durante su desempeño en la Primera Magistratura demostró su voluntad de exhortar a las dictaduras a sanear su condición, recurriendo a algún mecanismo democrático que les otorgara la debida legitimidad mediante la expresión de la voluntad popular, como pueden ser las elecciones, los plebiscitos y el libre concierto de partidos políticos diversos.

Desde esa perspectiva, la Doctrina Betancourt se nutrió posteriormente de acciones y declaraciones correspondientes a distintas situaciones en que el continente se enfrentaba a situaciones de fuerza. Entre ellas, debe añadirse el telegrama que Betancourt le envió al Secretario General de la OEA el 22 de agosto de 1960 en el proceso de condenación de la dictadura de Rafael Trujillo:

“en concepto de Venezuela, debe utilizarse la oportunidad de la próxima Conferencia Interamericana de Quito para articular una declaración o tratado específico en el cual se defina y precise que no pueden formar parte de la comunidad jurídica regional los gobiernos que no hayan sido elegidos por el voto del pueblo y cuyo carácter representativo no sea inobjetable”.

Meses más tarde, la Doctrina se reafirma en un telegrama que el Presidente venezolano envió al Presidente argentino Arturo Frondizi frente a la amenaza que éste enfrentaba de un golpe militar:

“Venezuela ratifica por mi voz su decisión de no mantener relaciones diplomáticas ni comerciales con gobiernos no legitimados por el voto de los pueblos y de propugnar en la Organización de los Estados Americanos que los regímenes de usurpación sean excluidos de la comunidad jurídica regional”.

Foto tomada instantes después de la expulsión de Cuba de la OEA

Foto tomada instantes después de la expulsión de Cuba de la OEA

La Doctrina Betancourt se aplicó también en el caso del curso dictatorial seguido por Fidel Castro en Cuba mediante una serie de denuncias contenidas en el informe de la Comisión Interamericana de Paz, que sería presentado en la VII Reunión de Consulta celebrada en Costa Rica, en la que se aplicaron los artículos 30 y 40 de la Carta de la OEA y en la que, después de largos debates, se«reafirma que el sistema interamericano es incompatible con toda forma de totalitarismo y que la democracia sólo logrará la plenitud de sus objetivos en el Continente cuando todas las Repúblicas americanas ajusten su conducta a los principios enunciados en la Declaración de Santiago» y también se «reafirma su fe en el sistema regional y su confianza en la OEA, creada para lograr un orden de paz y de justicia que excluye toda posible agresión defender su soberanía e integridad regional y su independencia política».

El principal obstáculo para la aplicación de la Doctrina Betancourt y el argumento principal que utilizaban y aún utilizan los dictadores y sus voceros era el principio de la «no intervención en los asuntos internos de los Estados»., pese a que ya habían sido rebatidos desde 1960 por el Canciller venezolano Arcaya, cuando señaló que:

“… dentro del inoperante sistema interamericano, integrado por hermosas teorías y abruptas realidades a veces intangibles, el concepto de no intervención es un término de comodidad que sienta bien a los déspotas: en él se abroquelan y con él se defienden. Por tanto, es necesario determinar qué se entiende por no intervención. En mi discurso ante la Conferencia de Cancilleres de Santiago, al referirme a la antigua frase de un Canciller latinoamericano según la cual dije categóricamente que en cuanto al reconocimiento de gobiernos la Carta de la OEA establece, en el capítulo referente a los derechos y deberes de los Estados, que «la existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados. Aun antes de ser reconocido, el Estado tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su conservación y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdicción y competencia de sus tribunales. El ejercicio de estos derechos no tiene otros límites que el ejercicio de los derechos de otros Estados conforme al derecho internacional» (OEA, 1990: Artículo 12)».

Todas estas declaraciones se consolidaron en una Doctrina que contribuyó a que en la década de los 90 no quedara en el poder ninguna otra dictadura en América Latina aparte de la de Fidel Castro. Bajo la inspiración de la Doctrina Betancourt , Venezuela rompió relaciones diplomáticas a lo largo de la segunda mitad del Siglo XX con las dictaduras que en distintas oportunidades asolaron a España, Cuba, Rep. Dominicana, Argentina, Perú, Ecuador, Guatemala, Honduras y Haití, entre las cuales la dictadura cubana ha persistido.

Si se aplicara la Doctrina Betancourt en estos momentos bajo el amparo de la Carta Democrática Latinoamericana, varios regímenes del continente serían condenados y probablemente expulsados de la OEA. Lamentablemente, pese al establecimiento de regímenes de clara y definida vocación autoritaria y dictatorial, el tema del respeto a la soberanía y la previsión de no intervenir en los asuntos internos de los Estados, se convierten en un mecanismo tramposo que desconoce al pueblo como verdadero soberano y en una verdadera burla lanzada por los déspotas para ocultar sus abusos y atropellos y para disimular el asesinato de la democracia y del pluralismo político.

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